¿Tiene un costo adicional si mi deuda se encuentra en una Empresa de Cobranza Externa?
Vinculación con el Medio
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Efectivamente, de acuerdo a la ley 19.496, las empresas de cobranza podrán cobrar honorarios por gastos de cobranza, conforme a la siguiente escala progresiva: En obligaciones de hasta 10 Unidades de Fomento, 9%; por la parte que exceda de 10 y hasta 50 Unidades de Fomento;6%, y por la parte que exceda de 50 Unidades de Fomento, 3%.
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