Conforme a lo estipulado en la Ley 17.344 que autoriza el cambio de nombres y apellidos, modificada por la Ley 21.334, y la Ley 21.120 que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género.
Una vez que usted haya oficializado su trámite en el Registro Civil o por medio de Sentencia Judicial, para realizar los cambios en nuestra institución, deberá presentar los siguientes documentos:
Nota: si usted no cuenta con la cédula antigua, deberá reemplazar por un documento oficial en que conste su identidad anterior.
Completa el “Formulario aquí”
Una vez recepcionada la solicitud y la documentación, se procederá a la gestión y tramitación interna, lo que quedará oficializado mediante decreto universitario. Una vez oficializado el Decreto que lo autoriza, se efectuarán los cambios en los registros y en los sistemas. Una vez oficializado esto será informado mediante correo registrado para estos efectos.
Si tienes dudas, puedes contactar a tu Secretaría de Estudios en Campus/Sede