D.F.L. N°1/ 05 AGOSTO 1994 ESTATUTO ORGÁNICO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS LAGOS
D.U N°186, 2013. ADECUACIÓN ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL ACADÉMICA - ADMINISTRATIVA
La máxima autoridad institucional unipersonal, el Rector, es elegido democráticamente por el cuerpo académico de la Universidad cada cuatro años y ratificado por el Presidente de la República, a propuesta del Consejo Superior, tal como lo indica el Estatuto Orgánico y el Reglamento de Elección de Rector. Entre sus principales atribuciones están:
Representar judicial y extrajudicialmente a la Universidad;
Adoptar todas las medidas conducentes a dirigir y administrar la Universidad;
Nombrar y remover a las autoridades unipersonales superiores;
Elaborar y proponer al Consejo Superior el Presupuesto Anual de la Corporación y sus modificaciones;
Rendir una cuenta anual de su gestión ante el Consejo Superior;
Ejecutar y promulgar los acuerdos y reglamentos que dicte el Consejo Superior.
La gestión del Rector se apoya en cinco Vicerrectorías: (i) Vicerrectoría Académica, (ii) Vicerrectoría de Administración y Finanzas, (iii) Vicerrectoría de Planificación y Desarrollo, (iv) Vicerrectoría de Investigación y Postgrado y (v) Vicerrectoría de Campus Puerto Montt. El Rector preside el Consejo Superior y el Consejo Universitario
RECTOR
UNIVERSIDAD DE LOS LAGOS
Jefatura de Gabinete
Avisos